El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha recibido la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Alcalá de Henares, en la cual se condena al actual concejal del Partido Popular, Tomás Marcelo Isoldi Barbeito y al exconcejal, Francisco Javier Fernández Abad, por el delito de prevaricación ambiental, recogido en el artículo 329.1. del Código Penal.
En la sentencia se afirma que los condenados permitieron durante años que la estación de autobuses de la calle Brihuega siguiera funcionando durante 24 horas al día sin licencia de actividad y funcionamiento, así como que eran perfectos conocedores de las continuas denuncias y quejas de los vecinos desde 2005, y que hicieron caso omiso de las mismas, permitiendo que la estación funcionara sin interrupción sin respetar los límites de emisión de ruidos.
La sentencia condena a ambos a la pena de un año y nueve meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 15 meses con una cuota diaria de 15 euros, inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 8 años y pago por mitad de las costas procesales.
Los vecinos padecieron contaminación y los ruidos todos los días de la semana con hasta 152 autobuses en turno de mañana, 49 en turno de tarde y 30 en período nocturno.
Además de la pena, ambos condenados deberán indemnizar a varios vecinos por los desperfectos ocasionados, así como por el valor inferior en la venta de su vivienda motivado por los ruidos.
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha tenido conocimiento de la sentencia debido a que la misma ha declarado que el propio Ayuntamiento tiene que responder de forma subsidiaria ante las cuestiones económicas derivadas de la sentencia.