- Una decisión que no ha contado con el voto favorable de cinco de los once magistrados
- La mayoría del tribunal ha votado a favor de la ponencia del magistrado Pedro González Trevijano, que decreta la inconstitucionalidad del estado de alarma
El Tribunal Constitucional considera que las restricciones que impuso el Gobierno en el mes de marzo con el inicio de la pandemia, excedían de las competencias que se puede acordar durante un estado de alarma.
Tras varios sesiones de deliberación, finalmente el voto de la vicepresidenta, Encarnación Roca, ha sido decisivo para fallar a favor de los cinco magistrados que estiman que el paraguas legal para adoptar el confinamiento general de la población debía haber sido el estado de excepción y no el de alarma.
La sentencia se conocerá en los próximos días con la publicación en el BOE
Esta circunstancia podría abrir la posibilidad de que empresas y autónomos afectados por el confinamiento tengan derecho a reclamar indemnizaciones económicas al gobierno de Sánchez.